Infocatolica
Doscientos católicos han escrito una carta abierta al arzobispo de Lima, Mons. Carlos Castillo, tras conocerse que su jefa de prensa Cecilia Castillo ha expresado públicamente su apoyo al aborto y a la ideología de género.
Doscientos católicos han escrito una carta abierta al arzobispo de Lima, Mons. Carlos Castillo, tras conocerse que su jefa de prensa Cecilia Castillo ha expresado públicamente su apoyo al aborto y a la ideología de género.
En los últimos días, diversos defensores de la vida y la familia denunciaron que Cecilia Castillo ha apoyado en sus redes sociales de Twitter y Facebook publicaciones que promueven el aborto y la ideología de género, a pesar de ser contrarias a la doctrina católica.
Marxista Carlos Castillo Mattasoglio profanó la misa en la catedral de Perú rindiéndole culto a la tierra
El sacrílego Carlos Castillo después de profanar la Casa de Dios se reune con su cómplice Bergoglio.
El apostata Castillo tuvo vínculos en Perú con el Partido Comunista Revolucionario.
Marxista Carlos Castillo Mattasoglio profanó la misa en la catedral de Perú rindiéndole culto a la tierra
El sacrílego Carlos Castillo después de profanar la Casa de Dios se reune con su cómplice Bergoglio.
El apostata Castillo tuvo vínculos en Perú con el Partido Comunista Revolucionario.
Magisterio de la Iglesia
6. Nulidad de todas las promociones o elevaciones de desviados en la Fe.
Agregamos que si en algún tiempo aconteciese que un Obispo, incluso en función de Arzobispo, o de Patriarca, o Primado; o un Cardenal, incluso en función de Legado, o electo Pontífice Romano que antes de su promoción al Cardenalato o asunción al Pontificado, se hubiese desviado de la Fe Católica, o hubiese caído en herejía. o incurrido en cisma, o lo hubiese suscitado o cometido, la promoción o la asunción, incluso si ésta hubiera ocurrido con el acuerdo unánime de todos los Cardenales, es nula, inválida y sin ningún efecto; y de ningún modo puede considerarse que tal asunción haya adquirido validez, por aceptación del cargo y por su consagración, o por la subsiguiente posesión o cuasi posesión de gobierno y administración, o por la misma entronización o adoración del Pontífice Romano, o por la obediencia que todos le hayan prestado, cualquiera sea el tiempo transcurrido después de los supuestos antedichos. Tal asunción no será tenida por legítima en ninguna de sus partes, y no será posible considerar que se ha otorgado o se otorga alguna facultad de administrar en las cosas temporales o espirituales a los que son promovidos, en tales circustancias, a la dignidad de obispo, arzobispo, patriarca o primado, o a los que han asumido la función de Cardenales, o de Pontífice Romano, sino que por el contrario todos y cada uno de los pronunciamientos, hechos, actos y resoluciones y sus consecuentes efectos carecen de fuerza, y no otorgan ninguna validez, y ningún derecho a nadie.
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